Las nuevas regulaciones del Ministerio de las Comunicaciones de Cuba entrarán hoy en vigor, con el fin de permitir la creación de redes cableadas o inalámbricas privadas de transmisión de datos para personas naturales y jurídicas, así como la importación de equipos para tal fin.

Como se anunció anteriormente, estas resoluciones, la 98 y 99 de 2019, autorizan la licencia de operación de redes exteriores de datos privadas para las personas naturales, quienes las podrán usar en las frecuencias de la banda de 2400 Mhz a 2483.5 Mhz, y de la banda de 5725 Mhz a 5850 Mhz.

Las regulaciones establecen que los usuarios con redes personales al interior de sus domicilios no requerirán autorización, siempre y cuando sea sin fines de lucro y no excedan los 100 miliwatt (mW, equivalente a 200-300 metros) de potencia radiada efectiva.

Igualmente, las personas naturales podrán conectarse vía wifi solicitando una licencia de operación, a la infraestructura del operador público Etecsa.

Por otra parte, los nuevos reglamentos habilitan una licencia para las redes alámbricas e inalámbricas cuando la antena se encuentre en exteriores. Esta conexión puede alcanzarse, alrededor del núcleo de la red, y conectar un edificio o manzana, siempre que no interfiera en la vía pública y no exceda el límite establecido de los 100 mW (200-300m).

Tampoco serán regulados los servicios que puede dar una red privada a sus miembros, como descargar archivos, aplicaciones, juegos y actualizaciones de antivirus, siempre que no afecten la integridad y seguridad del país o promuevan informaciones contrarias al interés social, la moral y las buenas costumbres..

Con información tomada de Cubadebate