Los cubanos en la actual coyuntura política y social utilizamos con más fuerza términos como libertad de expresión, derecho a  la información, a la reunión, de manifestación, a la participación política, derecho de petición o queja como parte de lo que podríamos llamar derechos humanos de índole pública, donde el CIUDADANO categoría jurídica que debemos resaltar como suprema conquista de todos aquellos que tenemos un vínculo con un orden o poder vertical como lo es el Estado.

El disfrute y, por tanto, el ejercicio consciente de estos derechos forma parte del deber ser de cada ciudadano,  aun y cuando no tengamos una relación jurídica con un Estado cada individuo goza de derechos inherentes a su condición humana  como dijese nuestro Martí: “… Dígase hombre y ya se dicen todos los derechos…”

 Percibir dentro de la sociedad cubana un debate, cuestionamientos o exposición de este tema  ha sido prácticamente exclusivo de la academia o el uso en pura técnica para campañas políticas con el manejo controversial de estos derechos; lo cual ha desembocado en un alejamiento de los intercambios abiertos al respecto junto a las reservas a emplear como marco para la reflexión la defensa de los derechos humanos como garantía legítima del individuo, sin interesar su status jurídico.

Abundar en la riquísima evolución histórica de los derechos humanos sería dar paso a un debate no menos interesante y apasionado, pero el ahora reclama una discusión certera hacia un futuro nuestro no exento de dificultades y tribulaciones teóricas al respecto y como resultado sociales.

¿Cómo vemos los cubanos los derechos humanos? ¿Sabemos que son los derechos humanos? ¿Cómo hacemos valer nuestros derechos humanos? Derechos públicos o privados, civiles o políticos, no importan las clasificaciones básicas, observarlos hoy  más allá de una reforma constitucional resulta pertinente para nuestra nación especialmente el Capítulo VII de la Constitución de la República de Cuba: “Derechos, Deberes y Garantías Fundamentales”.

Interesarnos por qué puedo participar en el proceso social de mi país, cómo denunciar una mala acción de un administrativo o un organismo acudiendo sin tapujos a querellar ante la autoridad correspondiente, es un imperativo para la preservación de los Derechos Humanos.

Tener derecho a la vida, a la seguridad individual, a fundar una familia, gozar del matrimonio, al tiempo libre, al descanso retribuido no es un acto de complacencia o dadivoso del Estado, son resultado de las reivindicaciones ciudadanas, estos son derechos consagrados con mayor amplitud en países como el nuestro dado por la vocación humanista de nuestro proceso, que tiene errores, defectos y manchas es cierto, nos desenvolvemos dentro una creación heroica sujeta a cambios constantes lo cual no quita responsabilidades de todo tipo en pos de ese peldaño superior.

Sabernos capaces de ser escuchados, tener acceso directo a la justicia, disponiendo de una defensa adecuada y ser juzgado por un tribunal imparcial engrosan la lista de los derechos humanos que forman parte de las normas que recaen sobre el proceso penal en nuestro país como en cualquier sistema judicial que respete el  principio del debido proceso.

Retrotraernos a los preceptos  Declaración Universal de Derechos Humanos serían solo líneas para el discurrir de la legislación nacional y a través de esta la sociedad cubana contemporánea. Los RETOS están en conceptualizar el alcance de estos derechos como: la vida, la proyección de la familia, las libertades de opinión, de manifestación, la libre creencia religiosa, el acceso a la cultura y al progreso tecnológico.

Entonces vivimos o no en una sociedad garante de los Derechos Humanos, pues bien CUBA ha sido elegida vicepresidenta del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, condición que exige profundizar en la modificación y actualización de las normas jurídicas que tienen como objeto la búsqueda de la máxima aspiración de libertad e igualdad plenas, tengamos en cuenta el Código de Familia y sus múltiples anteproyectos, el Código Penal y el Código de Trabajo además de la flexibilización de la política migratoria.

Reconocer la protección de los derechos humanos en Cuba no implica asumir una posición política beligerante u obstinada contra aquellos “defensores” de los Derechos Humanos casi mercantiles, es una cuestión de moral, de objetividad aquí están los hechos.

No puede darse un apretón de manos con los puños cerrados dijo el pacifista indio Mahatma Gandhi, participar debe tener como sinónimo el construir, convertido ya en una premisa en esta nación, todavía hay que labrar más garantías con la visión crítica que caracteriza a nuestra ciudadanía, estos derechos nos pertenecen.

Por: Gustavo Manuel Hernández